TARJETA DE REGISTRO DE ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS CONTABLES

 
BIENVENIDOS AL FORMULARIO ELECTRÓNICO PARA LA SOLICITUD DE INSCRIPCIÓN Y EXPEDICIÓN DE LA TARJETA DE REGISTRO DE ENTIDADES QUE PRESTEN SERVICIOS PROPIOS DE LA CIENCIA CONTABLE POR PRIMERA VEZ
 
Señor Usuario, antes de iniciar su solicitud de inscripción y expedición de la tarjeta de registro de Entidades Prestadoras de Servicios Contables a través del formulario electrónico, le sugerimos realizar estos pasos:
 
 
Recuerde que debe cerciorarse que la siguiente documentación cumpla con los requisitos, características y formatos requeridos en la Resolución 973 de 2015:
 
1. Documento en formato PDF de la escritura pública o el documento privado de constitución y sus reformas, si fuere el caso.
 
2. Documento en formato PDF de la cédula de ciudadanía o extranjería del Representante Legal y de cada uno de los socios, accionistas o asociados, ampliada al 150%.
 
3. Documento en formato PDF del certificado en el que conste la profesión u oficio del asociado, accionista y/o socio.
 
4. Documento en formato PDF del comprobante de pago, y/o consignación bancaria, a la cuenta de ahorros del Banco Avvillas No. 066038134, por el valor de $ 4.141.000 M/CTE. El comprobante debe incluir el nombre de la entidad solicitante y en el campo de Ref. 1 se debe indicar el número de Nit.
 
5. Documento en formato PDF del Registro Único Tributario – RUT.
 
6. Documento en formato PDF, en un solo archivo, de la hoja de registro en Cámara de Comercio, de las hojas utilizadas y de la última hoja en blanco de los Libros de Comercio de la entidad solicitante.
 
7. Documento a color en alta Resolución, en formato JGP., del logotipo sin enmendaduras ni tachones, o en su defecto, constancia de que carece del mismo.
 
Nota: Recuerde que para ser inscrito como Entidad Prestadora de Servicios Contables, se deberá cumplir con el requisito del 80% o más de los socios, accionistas o asociados, quienes deberán tener la calidad de Contador Público, advirtiendo que el porcentaje en comento se asigna por persona y NO por capital. Adicionalmente, deberá contemplar en su objeto social como principales las actividades propias de la ciencia contables, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2 y 4 de la Ley 43 de 1990.
 
Si presenta algún inconveniente con la finalización de su solicitud, puede contactarnos a nuestro PBX 6444450 o a través de nuestro chat en el siguiente link: http://www.jcc.gov.co/participa-y-comparte/chat
 
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