DUPLICADO TARJETA DE REGISTRO PROFESIONAL
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BIENVENIDOS AL FORMULARIO ELECTRÓNICO PARA LA SOLICITUD DE DUPLICADO DE LA TARJETA DE REGISTRO PROFESIONAL PARA ENTIDADES PRESTADORAS DE SERVICIOS CONTABLES |
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Señor Usuario, antes de iniciar su solicitud de tarjeta de registro profesional de Entidades Prestadoras de Servicios Contables a través del formulario electrónico, le sugerimos realizar estos pasos: |
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Recuerde que debe cerciorarse que la siguiente documentación cumpla con los requisitos, características y formatos requeridos en la Resolución 973 de 2015: |
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1. Documento en formato PDF de la escritura pública o el documento privado en el que conste la última reforma o acto societario realizado por la entidad. |
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2. Documento en formato PDF de la cédula de ciudadanía o extranjería del Representante Legal y de cada uno de los socios, accionistas o asociados, ampliada al 150%. |
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3. Documento en formato PDF del comprobante de pago, y/o consignación bancaria, a la cuenta de ahorros del Banco Avvillas No. 066038134, por el valor de $ 414.000 M/CTE. El comprobante debe incluir el nombre de la entidad solicitante y en el campo de Ref. 1 se debe indicar el número de Nit. |
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4. Documento en formato PDF del Registro Único Tributario – RUT. |
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5. Documento en formato PDF, en un solo archivo, de la hoja de registro en Cámara de Comercio, de las hojas utilizadas y de la última hoja en blanco de los Libros de Comercio de la entidad solicitante. |
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6. Documento a color en alta resolución, en formato JGP., del logotipo sin enmendaduras ni tachones, o en su defecto, constancia de que carece del mismo. |
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Nota: Recuerde que para mantener la inscripción como Entidad Prestadora de Servicios Contables, se deberá cumplir con el requisito del 80% o más de los socios, accionistas o asociados, quienes deberán tener la calidad de Contador Público, advirtiendo que el porcentaje en comento se asigna por persona y NO por capital. Adicionalmente, deberá contemplar en su objeto social como principales las actividades propias de la ciencia contables, en virtud de lo dispuesto en los artículos 2 y 4 de la Ley 43 de 1990. |
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Si presenta algún inconveniente con la finalización de su solicitud, puede contactarnos a nuestro PBX 6444450 o a través de nuestro chat en el siguiente link: http://www.jcc.gov.co/participa-y-comparte/chat |
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